Todo lo que debes saber sobre los créditos de consumo

¿Qué es un crédito de consumo?

El crédito de consumo es un monto en dinero de libre disposición, que otorga una entidad financiera para la adquisición de bienes o servicios, y que típicamente se pacta a corto o mediano plazo (1 a 4 años).

En la siguiente web puede encontrar la información oficial de la CMF respecto de este tipo de créditos:
https://www.cmfchile.cl/educa/621/w3-propertyvalue-43579.html

A continuación, presento un resumen de todo lo que debes saber sobre estos créditos.

¿Cuáles son los componentes de un crédito de consumo?

Un crédito de consumo se compone de:

  • Principal, capital o monto líquido del crédito. Es el monto en dinero solicitado a la entidad financiera.
  • Tasa de interés. Es el precio del dinero. Se usa para calcular los intereses a pagar en la operación de crédito, que constituyen el principal costo del crédito. La tasa de interés debe ser menor a la Tasa Máxima Convencional (TMC), que se puede encontrar en los sitios web de la CMF o SERNAC.
  • Plazo. Es el periodo de tiempo que transcurre entre la fecha inicial y final de la operación de crédito. Típicamente se mide en meses, por ejemplo, 24 meses, e indica el número de cuotas a pagar (24 cuotas mensuales).
  • Cuota. La cuota (pago) del crédito es el pago periódico que extingue la deuda. Una parte de la cuota corresponde al pago de intereses y otra parte a la amortización de la deuda, la parte que reduce el saldo insoluto (monto adeudado pendiente de pago).
  • Otros gastos asociados. Son otros gastos, que encarecen el crédito, y que son necesarios de incurrir para su otorgamiento: impuesto de timbre y estampillas, y gastos notariales.
  • Seguro de desgravamen. Es un seguro que sirve para pagar el crédito en caso de muerte del deudor, del titular del crédito.

A veces también se contratan seguros de cesantía y/o incapacidad laboral, pero el seguro de desgravamen es el más común.

¿Cuáles son los costos de un crédito de consumo?

Monto otorgado, intereses, otros gastos asociados y seguro de desgravamen.  Su suma constituye el Costo Total del Crédito (CTC), que es uno de los indicadores utilizados para comparar créditos de consumo ofrecidos por distintas instituciones financieras.

¿Es obligatorio contratar un seguro de desgravamen?

Es obligatorio en el caso de las Cajas de Compensación (donde los créditos de consumo se denominan créditos sociales), aunque otras instituciones financieras también podrían solicitar este tipo de seguros para el otorgamiento del crédito. No obstante, no es obligatorio contratar el seguro con la misma institución, sino que se puede contratar con un tercero (y muchas veces es más conveniente, más barato).

¿Qué entidades financieras ofrecen créditos de consumo?

Bancos, cooperativas de ahorro y crédito, cajas de compensación, casas comerciales, entre otras.

¿Dónde conviene pedir un crédito de consumo?

Para cotizar créditos de consumo es recomendable partir haciendo una simulación en el comparador de créditos de consumo de SERNAC:

https://www.sernac.cl/app/comparador/

Luego, puede cotizar en las instituciones que, según el simulador, ofrezcan un menor Costo Total del Crédito (CTC) o una menor Carga Anual Equivalente (CAE). Estos son los indicadores clave para comparar créditos.

Cuando haga una cotización, tenga en cuenta que las condiciones ofrecidas deben tener una vigencia de al menos 7 días hábiles.

¿Qué es la Carga Anual Equivalente (CAE)?

La CAE es un indicador, expresado como porcentaje (%), que permite comparar el costo de distintas alternativas de crédito. Es un indicador estandarizado, que refleja el costo de un crédito en un período anual, independientemente del plazo pactado para el pago de la obligación. Además, la CAE considera todos los gastos y costos del crédito, incluyendo seguros e impuestos.

Decida usando la siguiente regla: para un mismo plazo y monto, siempre será más barato el crédito que tenga la CAE más baja. Por ejemplo, si usted está solicitando un crédito de un millón a 12 meses, será más barato el crédito que tenga una CAE de un 45% que aquel que tenga una CAE de un 50%.

Más información en:

https://www.sernac.cl/portal/607/w3-article-2463.html

¿Es posible postergar el pago de la primera cuota?

Sí, en algunas operaciones se puede pactar postergar el pago de la primera cuota. Sin embargo, deberá pagar intereses durante el periodo de desfase (periodo de gracia), es decir, el periodo entre la fecha de otorgamiento del crédito y la fecha de pago de la primera cuota que exceda 30 días. por lo tanto, postergar el pago de la primera cuota encarece el costo total del crédito.

Algunos créditos permiten postergar el pago de alguna cuota intermedia, pero esto también encarece el costo total del crédito, ya que los intereses asociados a dicha cuota se sumarán al monto insoluto, por lo que pagará intereses sobre intereses.

¿De qué depende el valor de la tasa de interés?

Depende de una evaluación de riesgo que hace la institución financiera, con el objetivo de estimar la capacidad de pago del cliente, considerando sus ingresos, su patrimonio, sus gastos y su comportamiento de pago.

Para demostrar ingresos se pide copia de sus últimas liquidaciones de sueldo, y copia de su contrato de trabajo para acreditar antigüedad laboral (trabajadores dependientes), o bien, se pide las declaraciones de renta u otros documentos que acrediten ingresos (trabajadores independientes).

El comportamiento de pago se evalúa mediante los antecedentes comerciales, y se espera que el potencial deudor no tenga protestos de documentos, deudas impagas, entre otros.

¿Qué es un aval o codeudor solidario?

Algunas instituciones financieras pueden exigir la figura del codeudor solidario para otorgar un crédito. Para estas entidades el aval o codeudor solidario es una forma de obtener una segunda fuente de pago en caso de que el cliente no cancele el crédito.

¿Por qué se dice que al inicio del plazo de un crédito se paga principalmente interés (y no amortización)?

La cuota de un crédito tiene dos componentes:

  • Amortización, que es la parte del pago que reduce el capital adeudado.
  • Pago de intereses, que se calculan sobre el saldo insoluto, la parte del capital que queda por pagar.

Dado que los intereses se calculan como porcentaje del saldo insoluto (multiplicando la tasa de interés por el saldo insoluto), en las primeras cuotas se paga un interés alto (ya que el saldo insoluto es alto) y en menor medida se amortiza la deuda, mientras que al final del plazo se paga principalmente amortización y en menor medida interés (ya que el saldo insoluto es bajo).

¿Me puedo arrepentir de contratar un crédito de consumo?

Sí, siempre y cuando el crédito haya sido contratado a distancia: por teléfono, sitio web, aplicaciones, etc. La persona tiene derecho a retractarse hasta 10 días posteriores a la contratación. Debe solicitar la anulación de la operación y devolver la totalidad del monto del crédito. En otro caso, una vez firmado el pagaré, no es posible anular la operación.

¿Qué pasa si no pago una cuota a tiempo?

En caso que se atrase con el pago, la entidad financiera le podría cobrar:

  • Interés de mora: Por cada día de atraso se le cobrará un interés por mora, en base a una tasa típicamente igual a la máxima convencional (TMC), la tasa más alta posible.
  • Gastos de cobranza: Después del día 20 de atraso deberá pagar gastos de cobranza, que son aplicados cuando la entidad financiera genera acciones para gestionar el pago de una cuota atrasada.

Si el cobro se realiza por intermedio de los Tribunales de Justicia, además deberán pagarse las costas del proceso (gastos incurridos por las partes durante el juicio).

¿Puedo pagar automáticamente las cuotas de un crédito?

Sí, para no olvidar el pago de las cuotas puede configurar un pago automático a su cuenta corriente (PAC) o cuenta vista, en la misma institución financiera o en otra diferente.

¿Es posible adelantar el pago de un crédito?

Sí, esto se conoce como prepago de un crédito: el pago anticipado del monto total o parcial de una deuda.  El prepago es un derecho irrenunciable de los deudores. No obstante, se ejerce bajo ciertas condiciones.

Si prepaga menos del 20% del valor del capital adeudado, o si el monto del crédito es superior a 5.000 UF, necesita el consentimiento del acreedor. Si no, no es necesario dicho consentimiento. Normalmente deberá pagar una comisión de prepago, cuyo valor corresponde a un mes de intereses para las operaciones no reajustables (préstamo en pesos), o de mes y medio de intereses para las operaciones reajustables (préstamo en UF).

En la siguiente web de la CMF puede simular el costo de un prepago:

https://servicios.cmfchile.cl/calculadoraprepago/aplicacion?indice=101.10.1

¿Puedo pedir un crédito para pagar otros créditos?

Sí. Esto se conoce como consolidación de las deudas. Incluso puede pedir un crédito para pagar todas las deudas que tenga en distintas instituciones, quedando con un solo acreedor (prestamista). Es recomendable hacerlo cuando pueda aprovechar mejores condiciones de mercado, por ejemplo, en periodos de bajas tasas de interés.

Debe tener en cuenta los costos de prepago y otros gastos descritos en la siguiente web de la CMF:
https://www.cmfchile.cl/educa/621/w3-propertyvalue-43579.html

¿Se puede renegociar un crédito?

Sí, aunque debe haber acuerdo entre las partes. Puede ser conveniente hacerlo en periodos de bajas tasas de interés.

¿Puedo cambiarme a una institución financiera que me ofrezca mejores condiciones?

Sí. La Ley de Portabilidad Financiera (Ley N° 21.236) permite el cambio de entidad financiera, lo que se traduce en trasladar sus cuentas, créditos y tarjetas a otra institución que le ofrezca mejores condiciones. Para esto debe hacer una “solicitud de portabilidad” en las instituciones que le ofrezcan mejores condiciones.

Le convendrá hacerlo en periodos de bajas tasas de interés, de forma que en el nuevo crédito pague una suma menor de intereses.

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